El Seguro Escolar se crea por la ley de 17 de julio de 1953 (BOE de 18 de Julio), así con el R.D. 1633/1985, de 28 de agosto, por el que se fija la cuantía del mismo. La afiliación al Seguro Escolar es obligatoria para todos los alumnos que cursan estudios oficiales en la UD, siempre que cumplan los requisitos establecidos al efecto.
Este seguro proporciona asistencia en caso de accidentes, operaciones quirúrgicas, etc., así como prestaciones económicas en caso de infortunio familiar, y es obligatorio para todos los estudiantes (españoles y extranjeros con residencia legal en España) que cursan estudios oficiales, excepto:
- si han cumplido 28 años antes del 1 de septiembre del presente año.
- si lo abonan en otro centro de estudios, en cuyo caso deben acreditarlo mediante presentación de justificante.
- los estudiantes que coticen a la Seguridad Social como trabajadores titulares.
La cuota anual de Seguro Escolar (1,12€) se abona al realizar la matrícula de cada curso.